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Alejita

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martes, 2 de febrero de 2010

TES

TES


Títulos de deuda pública emitidos por la Tesorería General de la Nación (en pesos, en UVR´s - Unidades de Valor Real Constante - o en pesos ligados a la TRM) que son subastados por el Banco de la República. Se caracterizan por ser una de las mayores fuentes de financiación del Gobierno.

Son títulos a la orden, libremente negociables en el mercado secundario. El plazo se determina de acuerdo con las necesidades de regulación del mercado monetario y de los requerimientos presupuestales de tesorería y fluctúa entre 1 y 10 años. El rendimiento de los títulos lo determina el Gobierno Nacional de acuerdo con las tasas del mercado para el día de emisión de los mismos.

Perfil del Inversionista:

Por rentabilidad, seguridad y liquidez, los TES son los títulos que por excelencia, todos los inversionistas deben tener en su portafolios. Las posibilidades de obtener rentabilidad en una variedad de indicadores (tasa fija, IPC, UVR y TRM) hacen de estos títulos una interesante opción de inversión
Los TES son el tipo de inversión apropiado para aquellas personas que buscan seguridad por parte del emisor del título, ya que están respaldados por la Nación. Además, son adecuados para aquellos que invierten su dinero a largo plazo y que buscan conocer con anterioridad el rendimiento de su inversión, en el caso de los que pagan rendimientos a tasa fija.

Son altamente confiables (calificación AAA) y por lo tanto, al momento de necesitar liquidez, son fácilmente negociables en el mercado secundario. Información Adicional Características
Los TES Clase B están conformados por el principal y cupones anuales (intereses que genera un título en el caso de los TES tasa fija. Se pueden negociar los intereses en forma independiente al capital).

Son títulos a la orden, no gozan de liquidez primaria antes de su vencimiento y son libremente negociables en el mercado secundario. La transferencia de los valores que se encuentren en el Depósito Centralizado de Valores -DCV- puede hacerse por el registro, previa orden escrita del titular de dichos valores o de su mandatario.

Los TES Clase B devengan intereses periodo vencido, sobre los cuales se aplica retención en la fuente.

Los TES Clase B a tasa fija de una misma emisión podrán reunirse en un solo título que los reemplazaría, con el objeto de unificar un volumen de títulos.

El uso del Depósito Centralizado de Valores será pagado por la entidad emisora de los títulos y en consecuencia, el usuario no incurrirá en ningún costo por el servicio prestado.

El valor mínimo del principal es de quinientos mil pesos y se expedirán títulos en múltiplos de cien mil pesos.

Pueden ser denominados en moneda extranjera, dependiendo de las condiciones de la emisión.

Las obligaciones emanadas de los intereses y del capital de los títulos prescriben a los cuatro años, contados a partir de la fecha de su exigibilidad.

Los TES Clase B están inscritos en las tres Bolsas de Valores del país.

Los Títulos de Tesorería -TES- se introdujeron como mecanismo de financiación interna del gobierno nacional mediante la Ley 51 de 1990, con el objetivo de ser utilizados para financiar las operaciones presupuestales, reemplazar a su vencimiento los Títulos de Ahorro Nacional -TAN - y los Títulos de Participación. Esta Ley dispuso dos tipos de TES:

TES Clase A, utilizados para cubrir el pasivo existente con el Banco Central (Banco de la República), y para sustituir a su vencimiento la deuda contraída en Operaciones de Mercado Abierto (OMAS) a través de Títulos de Participación creados con base en las resoluciones 28 de 1986 y 50 de 1990.

TES Clase B, destinados a la financiación de la Nación (Apropiaciones presupuestales y Operaciones temporales de Tesorería del Gobierno Nacional), para sustituir a su vencimiento a los Títulos de Ahorro Nacional (TAN) y para emitir nuevos títulos para reponer los que se amorticen o deterioren sin exceder los montos de emisión autorizados.

Además de lo anterior, los TES Clase B cumplen con los siguientes objetivos:

Desarrollan el mercado de capitales Colombiano.

Incentivan el ahorro interno a largo plazo.

Informan al mercado financiero sobre las expectativas y precios por plazo.

Implementan una curva de rendimientos dentro del mercado que permite su profundización.

Atraen inversionistas institucionales.

Son instrumentos para las operaciones monetarias (Operaciones de Mercado Abierto) del Banco Central a partir de 1999.

Títulos de Tesorería TES Clase B Marco Jurídico

En la Ley 384 de 1997, el Decreto reglamentario 1250 de 1992 y las Circulares Reglamentarias del Banco de la República UOM-33 de marzo 20 de 1996 y UOM-41 de abril 1 de 1997, se establecieron las características de los TES Clase B y los requisitos para su emisión:


Los TES Clase B se dividen según su rendimiento en TES Clase B de Tasa Fija y TES Clase B de Tasa Variable. Los TES Clase B de Tasa Fija son emitidos para los plazos de 1, 2, 3 y 5 años, mientras que los plazos para los de Tasa Variable son de 5, 7 y 10 años.

Los TES Clase B son emitidos por la Nación y cuentan con la garantía de esta última.

El estimativo de los ingresos de su colocación se incluirá en el Presupuesto General de la Nación como recursos de capital.

Sus rendimientos se atienden con cargo al Presupuesto General de la Nación.

Su redención se atiende con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación.

Pueden ser administrados directamente por la Nación o ésta puede celebrar con el Banco de la República o con otras entidades nacionales o extranjeras, contratos de administración fiduciaria y todos aquellos necesarios para la agencia, edición, emisión, colocación, garantía, administración o servicio de los mismos.

Su emisión requiere concepto de la Junta Directiva del Banco de la República sobre las características de la emisión y sus condiciones financieras, además, requiere del Decreto que las autorice y fije sus condiciones financieras específicas.

Su emisión no afecta el cupo de endeudamiento y está limitada para las destinadas, a financiar las apropiaciones presupuestales por el monto de éstas.

No cuentan con la garantía del Banco de la República.

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