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Alejita

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miércoles, 3 de febrero de 2010

Productos con micropaneles solares


Toyota Prius

En principio su función será accionar el aire acondicionado (en parte) y solamente los incorporarán algunos modelos de gama alta.




Así que nos quedamos con las ganas de tener un coche eléctrico que se vaya recargando mientras está aparcado al sol









Mochila
 
Reware vende unas mochilas provistas de paneles solares flexibles (de hasta 7 W), y de una conexión tipo mechero de automóvil de 12 voltios, a la que podrás conectar cualquier cargador estándard para mechero de coche (de tu móvil, mp3, pda, cámara de fotos…)







También tienen bolsos de playa y carteras.
                                                                         
                             



 Chaqueta para recargar el movil o ¡poh.

La compañia italiana Ermenegildo Zegna está ampliando su colección de ropa electrónica después de irrumpir en dicho mercado con la iJacket y el planeado lanzamiento para finales de este año de la Bluetooth iJacket dentro de la colección Zegna Sport. 

En el desfile de moda para hombre Pitti Uomo de Florencia / Italia, Zegna mostró la Solar JKT, una chaqueta para exterior con células solares integradas en las solapas del cuello.

Dos módulos solares, uno en cada lado, convierten la energía del sol en electricidad, la cual es conducida mediante cables textiles conductores hasta una batería de almacenamiento, que puede ser usada para recargar un dispositivo o almacenar la energía hasta que se necesite.

Los módulos solares miden 9 x 5.5 centímetros cada uno y pueden gener hasta 1 watio de energía a plena luz del sol.

La batería mide 7 x 6x 1.3 centímetros y pesa alrededor de 100 gramos. Se requieren de cuatro a ocho horas para cargarla completamente. Una batería completamente cargada puede recargar un teléfono móvil o un iPod en menos de cuatro horas. Incluye una conexión para dispositivos USB y una conexión de 6 voltios para teléfonos móviles.

La electrónica vestible integrada fue desarrollada por la empresa alemana Interactive Wear usando tecnología solar de Solarc , también con base en Alemania.

Zegna planea comercializar la chaqueta Solar JKT para la temporada primavera/verano de 2008. La información sobre el precio todavía no está disponible. A juzgar por el precio de la iJacket, seguro que no será barata, pero siendo de Zegna, la exclusividad es un valor que hay que pagar, no crees?


Titulos valores

Letra de cambio


La letra de cambio es un documento mercantil por el que una persona, librador, ordena a otra, librado, el pago de una determinada cantidad de dinero, en una fecha determinada o de vencimiento.

El pago de la letra de cambio se puede realizar al librador o a un tercero llamado beneficiario, tomador o tenedor, a quien el librador ha transmitido o endosado la letra de cambio.

¿Quiénes intervienen en una letra de cambio?

En la emisión y circulación de una letra de cambio intervienen las siguientes personas:

El librador: Es la persona acreedora de la deuda y quien emite la letra de cambio para que el deudor o librado la acepte y se haga cargo del pago del importe de la misma.

El librado: Es el deudor, quien debe pagar la letra de cambio cuando llegue la fecha indicada o de vencimiento. El librado puede aceptar o no la orden de pago dada por el librador y en caso de que la acepte, quedará obligado a efectuarlo. En este caso al librado se le denominará aceptante.

El tomador, portador, tenedor o beneficiario: Es la persona que tiene en su poder la letra de cambio y a quien se le debe abonar.

También pueden intervenir en la circulación de la letra las siguientes personas:

El endosante: Es el que endosa una letra o la transmite a un tercero.

El endosatario: Es aquel en cuyo favor se endosa la letra (el que recibe la letra)

El avalista: Es la persona que garantiza el pago de la letra

Pagaré

Es un documento escrito mediante el cual una persona se compromete a pagar a otra una determinada cantidad de dinero en una fecha acordada previamente.

Es un título valor muy similar a la letra de cambio y se usa, principalmente para obtener recursos financieros.

La diferencia con la letra de cambio radica en que quien emite el pagaré es el propio deudor (y no el acreedor)

Los pagarés pueden ser al portador o endosables, es decir, que se pueden transmitir a un tercero y ser emitidos por individuos particulares, empresas o el Estado.

 En el pagaré intervienen:

El librado: Es quien se compromete a pagar la suma de dinero, a la vista o en una fecha futura fija o determinable. La persona del librado coincide con la del librador que es aquel que emite el pagaré.

El beneficiario o tenedor: Es aquel a cuya orden debe hacerse el pago de la suma de dinero estipulada en el pagaré, si este ha sido transmitido o endosado por el librador.

El avalista: Es la persona que garantiza el pago del pagaré.

Aval

Es la declaración contenida en la letra que tiene como finalidad garantizar el pago de la letra de cambio.

El avalista asume junto al librado la responsabilidad del pago de la letra de cambio.

El avalista sólo responde del pago de la letra si ésta ha sido aceptada por el librador y siempre dentro los límites en que esta aceptación se haya producido; así si la aceptación fue parcial, también lo será el aval.

El avalista puede ser una o más personas.

Se podrán ejercer acciones contra el avalista cuando la letra, una vez presentada al cobro, resulte impagada y se levante el protesto por la falta de pago.

Si el avalista paga la letra de cambio, podrá exigirle al librado o deudor que le devuelva la suma abonada en su nombre.

Bono

El bono es una de las formas de materializarse los títulos de deuda, de renta fija o variable. Pueden ser emitidos por una institución pública, un Estado, un gobierno regional, un municipio o por una institución privada, empresa industrial, comercial o de servicios. También pueden ser emitidos por una institución supranacional (Banco Europeo de Inversiones, Corporación Andina de Fomento...), con el objetivo de obtener fondos directamente de los mercados financieros. Son títulos normalmente al portador y que suelen ser negociados en algún mercado o bolsa de valores. El emisor se compromete a devolver el capital principal junto con los intereses, también llamados cupón. Este interés puede tener carácter fijo o variable, tomando como base algún índice de referencia como puede ser el euribor.

El bono es una de las formas de materializarse los títulos de deuda, de renta fija o variable. Pueden ser emitidos por una institución pública, un Estado, un gobierno regional, un municipio o por una institución privada, empresa industrial, comercial o de servicios. También pueden ser emitidos por una institución supranacional (Banco Europeo de Inversiones, Corporación Andina de Fomento...), con el objetivo de obtener fondos directamente de los mercados financieros. Son títulos normalmente al portador y que suelen ser negociados en algún mercado o bolsa de valores. El emisor se compromete a devolver el capital principal junto con los intereses, también llamados cupón. Este interés puede tener carácter fijo o variable, tomando como base algún índice de referencia como puede ser el euribor.

Acciones

Las acciones son inversiones de capital social, lo cual significa que al comprar acciones de una corporación usted se convierte en accionista y realmente es propietario de una parte de dicha corporación. Por supuesto, su participación en el valor líquido, o propiedad, en una corporación que puede emitir millones de acciones es mucho más pequeña que el valor líquido, o valor real, que posee en un bien raíz que compró. Lo que es parecido es que usted es propietario de algo que puede vender o retener, según lo que desee.

Hay dos razones principales para comprar acciones:

Usted espera que el precio por acción aumente de manera que al vender sus acciones en el futuro logre obtener una ganancia

Usted espera que las acciones generen ingresos en la forma de dividendos

Algunas acciones tienden a hacer uno o lo otro, mientras que otras hacen ambas cosas.

La razón por la cual las acciones son inversiones populares a pesar del hecho de que pueden ser volátiles, es decir, cambiar de valor rápidamente en el corto plazo, es debido a que históricamente las acciones en general han proporcionado un mayor rendimiento que otros valores.

Carta porte

El es documento que justifica el desplazamiento de mercancías y el contenido de las mismas.

La carta de porte debe redactarse en papel o bien en formato electrónico (TEI/EDI).

Contenido de la Carta de Porte

Los transportistas, usuarios del transporte de mercancías y operadores de transporte estarán obligados a documentar cada uno de los envíos en que se materialicen los contratos de transporte de mercancías por carretera que celebren en el correspondiente albarán, carta de porte u otra documentación acreditativa, la cual deberá acompañar a las mercancías en su desplazamiento y en el que deberán constar, al menos, los siguientes datos:

- Nombre o denominación social y domicilio de la empresa cargadora.

- Nombre o denominación social y domicilio de la empresa que haya realizado la expedición de las mercancías, cuando no coincida con la empresa cargadora.

- Nombre o denominación social y domicilio del operador de transporte que, en su caso, hubiese intermediado en la contratación del servicio.

- Nombre o denominación social y domicilio de la empresa transportista.

- Nombre o denominación social y domicilio del destinatario o consignatario del envío.

- Lugares de origen y destino de la expedición de transporte de que se trate.

- Fecha de realización del transporte del envío de que se trate.

- Matrícula del vehículo o vehículos utilizados en la realización del transporte. Cuando se trate de un conjunto articulado, deberán hacerse constar tanto la matrícula del vehículo o vehículos tractores como las de los semirremolques o remolques arrastrados por los mismos.

Si iniciada la operación de transporte se produjera un cambio de vehículo, esta circunstancia deberá hacerse constar en la documentación de control por la empresa de transportes.

- Naturaleza, peso y, en su caso, número de bultos de la mercancía transportada. En los supuestos en que, por razón de las circunstancias en que se produzca la carga del vehículo, resulte de difícil determinación el peso exacto de la mercancía que se va a transportar, se buscará otro tipo de magnitud para determinar su cantidad y peso.

Siempre que así lo soliciten el transportista, el cargador, el expedidor o el destinatario, además de los anteriores se harán constar en la documentación de control las observaciones y/o reservas o cualquier otra indicación que consideren útil.

Cuando así lo soliciten todas las partes intervinientes en el contrato, se hará constar, asimismo, el precio que la empresa cargadora paga por el transporte (cuando el transporte del envío de que se trate sea consecuencia de un contrato previamente formalizado por escrito, bastará con que en la documentación de control se contenga una referencia a éste, siempre que permita identificarlo claramente).

La documentación de control será de libre edición, pudiendo ajustarse al modelo, formato y denominación que más convenga a las partes intervinientes en el contrato, debiendo expedirse tantas copias como partes intervengan en el transporte. La obligación de confeccionar y expedir la documentación corresponderá al cargador o, cuando éste no se hallare presente, al expedidor material de la remesa que se ha de transportar.

Factura cambiaria

1. Concepto. Es un título de crédito que incorpora la obligación de pagar una suma cierta de dinero dentro de un plazo determinado; a la vez que describe las mercaderías que se han vendido como objeto del contrato que le da nacimiento al título.

2. Sujetos. Librador-beneficiario. Es el vendedor de la mercadería o sea quien crea la factura. Librado-aceptante. Es el comprador de la mercadería, y quien por mandato legal está obligado a aceptar la factura que le libre el vendedor.

3. Función. Si un comerciante vendedor se decide por usar la factura cambiaria, la operatividad del título sería la siguiente: El vendedor libra la factura cambiaria como consecuencia de una compraventa en la que las mercaderías han sido entregadas real o simbólicamente. La factura es enviada al comprador, directamente, por intermedio de un banco o tercera persona. El intermediario, según las instrucciones recibidas, la presentará para que se le acepte y luego la devolverá; y podrá retenerla si tiene facultades para cobrarla. De acuerdo con lo que ya estudiamos, ello se hará mediante un endoso en procuración. La ley también contempla el envío por correo certificado u otros medios no especificados por la ley. El comprador devuelve la factura, debidamente aceptada: dentro de cinco días de su recibo si es para la misma plaza; y dentro de quince, si es diferente. La no devolución se presume como negativa de la aceptación.

Cheque

Se denomina cheque a un título de crédito mediante el cual una persona libra contra una institución de crédito el pago de un determinado monto de dinero a un tercero. En otras palabras, mediante un cheque una persona puede autorizar a otra a retirar dinero de una cuenta sin la presencia del titular de ésta.

Para poder emitir un cheque es necesaria la existencia de una cuenta corriente en un banco. Mediante esta cuenta, el banco recibe dinero de un depositante y se obliga a devolverlo pagando los cheques que el librador realice. Es importante especificar que no es necesario que el librador sea el titular de la cuenta.

Un cheque debe reunir una serie de requisitos: debe hacer mención a su cualidad de cheque en el texto del documento, debe indicar el lugar y la fecha en que es expedido, debe indicar el lugar de pago, debe tener la firma del librador, debe tener la orden de pagar una determinada suma de dinero y debe indicar el nombre de la institución de crédito donde se tiene la cuenta.

Existen distintos tipos de cheques: el cruzado, que solo puede ser depositado y cobrado por otra institución de crédito; el cheque al portador, que no necesita endosarse para transferirse; el cheque a la orden, que es endosable; el cheque “no a la orden” que solo puede cobrarse por la persona a cuyo nombre esta emitido; el cheque certificado, que implica una anotación del banco que declara que existe dinero suficiente en la cuenta para cubrir el importe; el cheque de caja, que es el emitido por un banco a sus dependencias; el cheque de ventanilla, que son emitidos por una institución financiera para sus clientes; y finalmente, el cheque de viajero, que es emitido por una determinada institución de crédito y abonados por una dependencia suya dentro del país o en el exterior.

El manejo de las relaciones comerciales hace necesario el conocimiento de los diversos documentos que en estas se emplean, como asimismo sus posibilidades. De ahí la importancia de conocer las ventajas y desventajas que el uso de cada tipo de cheque ofrece.

Títulos al portador

Se denomina cheque a un título de crédito mediante el cual una persona libra contra una institución de crédito el pago de un determinado monto de dinero a un tercero. En otras palabras, mediante un cheque una persona puede autorizar a otra a retirar dinero de una cuenta sin la presencia del titular de ésta.

Para poder emitir un cheque es necesaria la existencia de una cuenta corriente en un banco. Mediante esta cuenta, el banco recibe dinero de un depositante y se obliga a devolverlo pagando los cheques que el librador realice. Es importante especificar que no es necesario que el librador sea el titular de la cuenta.

Un cheque debe reunir una serie de requisitos: debe hacer mención a su cualidad de cheque en el texto del documento, debe indicar el lugar y la fecha en que es expedido,

Debe indicar el lugar de pago, debe tener la firma del librador, debe tener la orden de pagar una determinada suma de dinero y debe indicar el nombre de la institución de crédito donde se tiene la cuenta.

Existen distintos tipos de cheques: el cruzado, que solo puede ser depositado y cobrado por otra institución de crédito; el cheque al portador, que no necesita endosarse para transferirse; el cheque a la orden, que es endosable; el cheque “no a la orden” que solo puede cobrarse por la persona a cuyo nombre esta emitido; el cheque certificado, que implica una anotación del banco que declara que existe dinero suficiente en la cuenta para cubrir el importe; el cheque de caja, que es el emitido por un banco a sus dependencias; el cheque de ventanilla, que son emitidos por una institución financiera para sus clientes; y finalmente, el cheque de viajero, que es emitido por una determinada institución de crédito y abonados por una dependencia suya dentro del país o en el exterior.

El manejo de las relaciones comerciales hace necesario el conocimiento de los diversos documentos que en estas se emplean, como asimismo sus posibilidades. De ahí la importancia de conocer las ventajas y desventajas que el uso de cada tipo de cheque ofrece.

CDT

El CDT (Certificado de Deposito a Término) es un titulo valor que emite un banco a un cliente que ha hecho un depósito de dinero con el propósito de constituir el CDT.

El CDT se hace por un plazo o término de tiempo determinado que debe ser como mínimo de 30 días.

El CDT es redimible o reembolsable sólo en los plazos y términos pactados al momento de constituir el CDT, lo que quiere decir, que si el CDT se pactó a 360 días el banco no lo pagará ni podrá ser obligado a pagarlo hasta tanto se venza dicho término.

El CDT puede ser negociado o endosado.

Cada entidad financiera fija un monto o valor mínimo para la apertura de un CDT.

La tasa de interés que se paga por un CDT depende del plazo pactado y del monto del CDT.

Por lo general, los intereses o rendimientos financieros se pagan al vencimiento del título valor junto con el capital.

Un CDT puede ser renovado de forma automática

Los rendimientos financieros de los CDT están sometidos a Retención en la fuente a una tarifa del 7% (10% sobre el 70% del pago o abono en cuenta por concepto de rendimientos financieros).

El rendimiento financiero que se paga por un CDT es superior al que paga una cuenta de ahorros.

La razón por la que una entidad financiera paga intereses superiores por los CDT, se debe a que un CDT por ser a un plazo determinado, le asegura a la entidad financiera una disponibilidad de efectivo para poder trabajarlo o disponer de el. En cambio, una cuenta de ahorro, el cliente puede llegar a cualquier momento a las oficinas del banco y exigirle su dinero, y el banco está en la obligación de entregárselo, situación que hace que el banco deba tener una gran cantidad de recursos inmovilizados para atender este tipo de circunstancias, algo que no sucede con los CDT, donde el banco sólo requiere disponer de dinero al momento del vencimiento del CDT, lo que le permite programarse.

El banco puede invertir tranquilamente el dinero de un CDT sin preocuparse por el cliente, lo que le permite rentabilizar el 100% del dinero, algo que no puede hacer con un depósito de una cuenta de ahorros. Supóngase que exista una crisis financiera y todos los ahorradores en un solo día decidan cerrar sus cuentas de ahorro. Cualquier banco sencillamente colapsaría, situación que nunca se presentaría tratándose de CDT, puesto que el banco no puede ser obligado bajo ninguna circunstancia a pagarlos antes de la fecha de vencimiento, lo que le garantiza una liquidez suficiente para desarrollar su objeto social cual es invertir y prestar dinero. Esa seguridad permite que el banco logre una mejor rentabilización de los dineros en CDT y a la vez le permita reconocer una mayor tasa de interés al cliente.

Para quien adquiere un CDT es beneficiosos toda vez que puede obtener una mayor rentabilidad, y además es fija, es decir, que si un CDT se pacta a un 10%, así las tasas de interés en el mercado financiero disminuyan, el banco debe pagar la tarifa inicialmente pactada.

Una desventaja para quien constituye un CDT puede ser la imposibilidad de convertirlo en efectivo antes del plazo pactado, lo que en parte es posible de solucionar puesto que un CDT se puede negociar mediante Endoso, pero en tales casos se hará sacrificando pare del rendimiento inicialmente esperado. En este caso sucede la situación inversa a la del banco, puesto que el cliente debe sacrificar liquidez y disponibilidad de efectivo por rentabilidad, y el banco asegura liquidez y disponibilidad sacrificando una menor rentabilidad puesto que debe pagar al cliente un rendimiento mayor.

martes, 2 de febrero de 2010

Panel Fotovoltaico

Los módulos fotovoltaicos o colectores solares fotovoltaicos (llamados a veces paneles solares, aunque esta denominación abarca otros dispositivos) están formados por un conjunto de celdas (células fotovoltaicas) que producen electricidad a partir de la luz que incide sobre ellos. El parámetro estandarizado para clasificar su potencia se denomina potencia pico, y se corresponde con la potencia máxima que el módulo puede entregar bajo unas condiciones estandarizadas, que son:
 - radiación de 1000 W/m2
 - temperatura de célula de 25 °C (no temperatura ambiente).
Las placas fotovoltaicas se dividen en:
*Cristalinas
*Monocristalinas: se componen de secciones de un único cristal de silicio (reconocibles por su forma circular u octogonal, donde los 4 lados cortos, si se observa, se aprecia que son curvos, debido a que es una célula circular recortada).
* Policristalinas: cuando están formadas por pequeñas partículas cristalizadas
*Amorfas: cuando el silicio no se ha cristalizado.
Su efectividad es mayor cuanto mayores son los cristales, pero también su peso, grosor y coste. El rendimiento de las primeras puede alcanzar el 20% mientras que el de las últimas puede no llegar al 10%, sin embargo su coste y peso es muy inferior.

Las distintas generaciones de células fotovoltaicas


Breve introducción sobre la física de los semiconductores

En una muestra de metal, los electrones exteriores de sus átomos, denominados electrones de valencia pueden moverse libremente. Se dice que están deslocalizados en regiones del espacio que ocupan toda la red cristalina, como si de una malla se tratase. En términos energéticos esto quiere decir que los electrones de la última capa del átomo ocupan niveles de energía altos que les permite escaparse del enlace que les une a su átomo.

El conjunto de estos niveles, muy próximos unos de otros, forman parte de la llamada banda de conducción (en adelante BC). Esta banda está formada, además, por niveles de energía vacíos y es, precisamente, la existencia de estos niveles vacíos la que permite que los electrones puedan saltar a ellos cuando se les pone en movimiento, al aplicar un campo eléctrico. Precisamente esta circunstancia permite que los metales sean conductores de la electricidad.

Los demás electrones del átomo, con energías menores, forman la banda de valencia (BV). La distancia entre ambas bandas, en términos de energía, es nula. Ambas bandas se solapan de manera que los electrones de la BV con más energía se encuentran, también, en la BC.
En las sustancias aislantes, la BC está completamente vacía porque todos los electrones, incluidos los de la última capa están ligados al átomo, tienen una energía más baja, y por lo tanto se encuentran en la banda de valencia, y además la distancia entre las bandas (se denomina a esta distancia energética banda prohibida, o gap) es bastante grande, con lo que les es muy difícil saltar a la BC. Como la BV está llena, los electrones no pueden moverse y no puede haber corriente eléctrica al aplicar un voltaje entre los extremos del aislante.

En los semiconductores, las bandas de valencia y conducción presentan una situación intermedia entre la que se da en un conductor y la que es normal en un aislante. La BC tiene muy pocos electrones. Esto es debido a que la separación que hay entre la BV y la BC no es nula, pero si pequeña. Así se explica que los semiconductores aumentan su conductividad con la temperatura, pues la energía térmica suministrada es suficiente para que los electrones puedan saltar a la banda de conducción, mientras que los conductores la disminuyen, debido a que las vibraciones de los átomos aumentan y dificultan la movilidad de los electrones.

Lo interesante de los semiconductores es que su pequeña conductividad eléctrica es debida, tanto a la presencia de electrones en la BC, como a que la BV no está totalmente llena.
Renta Variable

Son también conocidos como titulos corporativos o de participación. Incorporan un conjunto de derechos patrimoniales en una sociedad de capital, tales como el de percibir una parte proporcional de los dividendos y el de recibir una proporción del capital al momento de la liquidación de la sociedad, entre otros; y un conjunto de derechos no patrimoniales, inherentes a la calidad de socio. Se denominan de renta variable debido a que la rentabilidad de los títulos depende del desempeño de la compañía y sus utilidades generadas, y a las variaciones en la cotización del título en la Bolsa.


Afin S.A, con su excelente capital humano y experiencia de mas de 70 años en el mercado de capitales colombiano, les ofrece a nuestros clientes una completa asesoria y manejo de portafolios en Renta Variable.


Acciones

Título valor de carácter negociable que representa un porcentaje de participación en la propiedad de la compañía emisora del papel.

Desde el punto de vista del inversionista, las acciones son un producto de renta variable, donde el cliente obtiene una rentabilidad dependiendo de la posible valorización de las acciones y del dividendo. La Superintendencia de Valores y las Superintendencias de Sociedades y Bancaria son las Instituciones encargadas de autorizar la emisión y regular su mercado secundario.

Las acciones pueden ser ordinarias, privilegiadas, o con dividendo preferencial y sin derecho a voto. La diferencia entre las privilegiadas y las con dividendo preferencial, es que a las primeras se les confiere el derecho a voto, en tanto que a las segundas, no les está permitido ejercer dicho derecho. Existen, igualmente, algunas diferencias relacionadas con los derechos de los accionistas en caso de liquidación de la sociedad.

Son emitidas por las Sociedades Anónimas y en comandita por acciones, que buscan incrementar su capital pagado y financiar los proyectos de ampliación de plantas, cancelar sus pasivos o satisfacer los requerimientos de capital de trabajo. Las entidades financieras las emiten para ampliar su capacidad crediticia.


 Características

Ley de circulación:

Son títulos nominativos que convierten a su poseedor en copropietario de la empresa sobre la parte proporcional que las acciones representan de las pagadas y en circulación. Son libremente negociables en la Bolsa de Valores, donde la Compañía tenga inscrita sus acciones.


Valor nominal:

Representa el valor proporcional de la acción en el capital pagado de la sociedad, es decir, el valor en libros de la acción en el momento de constitución de la sociedad, salvo que se haya autorizado una partición o unificación de acciones.


Vencimiento:

Aunque la fecha establecida en la escritura de constitución para la disolución de la sociedad determina un plazo de vencimiento para éstos títulos, para efectos de negociación en bolsa, se asume un periodo indefinido para su maduración.


Liquidez:


Tienen liquidez en el mercado de valores dependiendo de su frecuencia de negociabilidad, la cual se mide respecto al índice de bursatilidad o de liquidez bursátil para estos documentos, es decir, la relación entre las acciones transadas en un periodo y las acciones pagadas y en circulación de la sociedad.


Rendimiento:

El rendimiento de las acciones está compuesto por tres factores principales, a saber:

1) Rentabilidad por valorización: Es el rendimiento obtenido cuando el precio de venta de una acción, para un periodo determinado, es mayor o menor que el precio al cual fue adquirida. Se determina por la diferencia entre el precio de venta y el precio de compra.

2) Rentabilidad por dividendos: Resulta de la razón entre los dividendos pagados durante el tiempo en que se mantuvo la acción y el precio al que se adquirió la acción.

3) Por derechos de suscripción: Radica básicamente en que al comprar nuevas acciones que emita la sociedad (emisión primaria) ejerciendo el derecho preferencial de suscripción, puede ocurrir que en algunas ocasiones el precio que se paga por la acción sea menor que el precio al cual se podría comprar la acción en el mercado de valores.


Tratamiento fiscal:

Normalmente, el rendimiento por dividendos no constituye renta ni ganancia ocasional para quien lo recibe. Cuando se obtiene utilidad proveniente de la enajenación de acciones realizada a través de una bolsa de valores, ésta no constituye renta ni ganancia ocasional en acciones de alta y media bursatilidad.


Aspectos a tener en cuenta cuando se habla de Renta Variable

En el marcado de capitales se tienen titulos de deuda publica y privada indexados a IPC, DTF, UVR, dolar, etc. de esta manera, en muchos de los papeles negociados que se encuentran en el mercado como renta fija hay algunos indexados a renta varible

Casas Verdes




Aunque aún no se trata de una práctica demasiado extendida entre constructores y arquitectos y, además, las familias tampoco están demasiado habituadas a estas propuestas, las “casas verdes” o construcciones sostenibles van ganando poco a poco un lugar destacado. Los valores todavía no ayudan, ya que algunos equipamientos necesarios suelen ser más costosos que en la construcción tradicional, pero la tendencia hacia el futuro parece clara: el hombre requiere edificaciones y ciudades sostenibles.

Según auguran muchos especialistas en planeamiento, para 2030 todas las viviendas empleadas por el hombre serán eficientes ambientalmente hablando, en cuanto a consumo de energía y también porque no afectarán negativamente al medio ambiente. Pero para ser más concretos: ¿cómo podría definirse una casa sustentable?

Aunque mucha gente cree que solamente se trata de usar colectores solares o de ubicar convenientemente la vivienda para favorecer la entrada de luz natural, la arquitectura sostenible es mucho más que eso. Implica parámetros más profundos, como por ejemplo conocer la energía requerida para construir la vivienda, o si se usa madera saber si proviene de bosques explotados de forma sustentable, entre otras cuestiones.

Menos residuos y menor gasto energético

Las viviendas realizadas bajo estas premisas generan una menor cantidad de residuos y disponen de sistemas de aislamiento más efectivos, lo que permite minimizar los costes en calefacción y aire acondicionado entre un 30% y un 40%. Asimismo, la totalidad del gasto energético puede llegar a reducirse en una proporción similar.

Al mismo tiempo, la construcción de la vivienda no es lo único que debe ser sustentable. Nuestro estilo de vida también tiene que cambiar para que de esta manera sea coherente con la propuesta arquitectónica. En ese sentido, es necesario pensar en las medidas que podemos tomar para aportar algo al cuidado del medio ambiente.

Un cambio de vida

Las posibilidades son muchas, algunas de ellas son el tratamiento y reciclado de los residuos, el ahorro de agua de forma planificada o plantar un árbol con el fin, además del evidente, incrementar la sombra en verano y permitir la entrada de sol en invierno, entre otras alternativas.

Por otro lado, las ventilaciones pueden ser estudiadas para obtener una ambientación adecuada en cada momento del año, lo que mejoraría las condiciones de climatización, que a su vez supondría un menor gasto energético. Por supuesto, el uso de energías alternativas (eólica, solar) es otro ingrediente fundamental en el desarrollo de estas “casas verdes”.

RENTA FIJA

Renta Fija

Los instrumentos de inversión de renta fija, son emisiones de deuda que realizan los estados y las empresas dirigidos a un amplio mercado. Generalmente son emitidos por los gobiernos y entes corporativos de gran capacidad financiera en cantidades definidas que conllevan una fecha de expiración.



La renta fija funciona exactamente igual que un préstamo bancario, pero tiene algunas particularidades:

Los prestamistas son una gran cantidad de inversores, que se denominan obligacionistas.

La deuda se representa mediante títulos valores negociables en el mercado de valores, por lo que el inversor puede acudir al mercado y vender su participación para recuperar su inversión rápidamente.

A cambio de prestar su capital, los inversores reciben un interés cada determinado tiempo, aunque de hecho es más complicada la determinación de la tasa de ganancia de este tipo de instrumentos dado que se requiere calcular mediante fórmulas matemáticas y financieras que se refieren a la compra de dichos instrumentos mediante un descuento que ofrece el mercado. Una vez hecha la adquisición de dichos instrumentos con descuento, el instrumento se podrá ofrecer a un precio más elevado.

TES

TES


Títulos de deuda pública emitidos por la Tesorería General de la Nación (en pesos, en UVR´s - Unidades de Valor Real Constante - o en pesos ligados a la TRM) que son subastados por el Banco de la República. Se caracterizan por ser una de las mayores fuentes de financiación del Gobierno.

Son títulos a la orden, libremente negociables en el mercado secundario. El plazo se determina de acuerdo con las necesidades de regulación del mercado monetario y de los requerimientos presupuestales de tesorería y fluctúa entre 1 y 10 años. El rendimiento de los títulos lo determina el Gobierno Nacional de acuerdo con las tasas del mercado para el día de emisión de los mismos.

Perfil del Inversionista:

Por rentabilidad, seguridad y liquidez, los TES son los títulos que por excelencia, todos los inversionistas deben tener en su portafolios. Las posibilidades de obtener rentabilidad en una variedad de indicadores (tasa fija, IPC, UVR y TRM) hacen de estos títulos una interesante opción de inversión
Los TES son el tipo de inversión apropiado para aquellas personas que buscan seguridad por parte del emisor del título, ya que están respaldados por la Nación. Además, son adecuados para aquellos que invierten su dinero a largo plazo y que buscan conocer con anterioridad el rendimiento de su inversión, en el caso de los que pagan rendimientos a tasa fija.

Son altamente confiables (calificación AAA) y por lo tanto, al momento de necesitar liquidez, son fácilmente negociables en el mercado secundario. Información Adicional Características
Los TES Clase B están conformados por el principal y cupones anuales (intereses que genera un título en el caso de los TES tasa fija. Se pueden negociar los intereses en forma independiente al capital).

Son títulos a la orden, no gozan de liquidez primaria antes de su vencimiento y son libremente negociables en el mercado secundario. La transferencia de los valores que se encuentren en el Depósito Centralizado de Valores -DCV- puede hacerse por el registro, previa orden escrita del titular de dichos valores o de su mandatario.

Los TES Clase B devengan intereses periodo vencido, sobre los cuales se aplica retención en la fuente.

Los TES Clase B a tasa fija de una misma emisión podrán reunirse en un solo título que los reemplazaría, con el objeto de unificar un volumen de títulos.

El uso del Depósito Centralizado de Valores será pagado por la entidad emisora de los títulos y en consecuencia, el usuario no incurrirá en ningún costo por el servicio prestado.

El valor mínimo del principal es de quinientos mil pesos y se expedirán títulos en múltiplos de cien mil pesos.

Pueden ser denominados en moneda extranjera, dependiendo de las condiciones de la emisión.

Las obligaciones emanadas de los intereses y del capital de los títulos prescriben a los cuatro años, contados a partir de la fecha de su exigibilidad.

Los TES Clase B están inscritos en las tres Bolsas de Valores del país.

Los Títulos de Tesorería -TES- se introdujeron como mecanismo de financiación interna del gobierno nacional mediante la Ley 51 de 1990, con el objetivo de ser utilizados para financiar las operaciones presupuestales, reemplazar a su vencimiento los Títulos de Ahorro Nacional -TAN - y los Títulos de Participación. Esta Ley dispuso dos tipos de TES:

TES Clase A, utilizados para cubrir el pasivo existente con el Banco Central (Banco de la República), y para sustituir a su vencimiento la deuda contraída en Operaciones de Mercado Abierto (OMAS) a través de Títulos de Participación creados con base en las resoluciones 28 de 1986 y 50 de 1990.

TES Clase B, destinados a la financiación de la Nación (Apropiaciones presupuestales y Operaciones temporales de Tesorería del Gobierno Nacional), para sustituir a su vencimiento a los Títulos de Ahorro Nacional (TAN) y para emitir nuevos títulos para reponer los que se amorticen o deterioren sin exceder los montos de emisión autorizados.

Además de lo anterior, los TES Clase B cumplen con los siguientes objetivos:

Desarrollan el mercado de capitales Colombiano.

Incentivan el ahorro interno a largo plazo.

Informan al mercado financiero sobre las expectativas y precios por plazo.

Implementan una curva de rendimientos dentro del mercado que permite su profundización.

Atraen inversionistas institucionales.

Son instrumentos para las operaciones monetarias (Operaciones de Mercado Abierto) del Banco Central a partir de 1999.

Títulos de Tesorería TES Clase B Marco Jurídico

En la Ley 384 de 1997, el Decreto reglamentario 1250 de 1992 y las Circulares Reglamentarias del Banco de la República UOM-33 de marzo 20 de 1996 y UOM-41 de abril 1 de 1997, se establecieron las características de los TES Clase B y los requisitos para su emisión:


Los TES Clase B se dividen según su rendimiento en TES Clase B de Tasa Fija y TES Clase B de Tasa Variable. Los TES Clase B de Tasa Fija son emitidos para los plazos de 1, 2, 3 y 5 años, mientras que los plazos para los de Tasa Variable son de 5, 7 y 10 años.

Los TES Clase B son emitidos por la Nación y cuentan con la garantía de esta última.

El estimativo de los ingresos de su colocación se incluirá en el Presupuesto General de la Nación como recursos de capital.

Sus rendimientos se atienden con cargo al Presupuesto General de la Nación.

Su redención se atiende con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación.

Pueden ser administrados directamente por la Nación o ésta puede celebrar con el Banco de la República o con otras entidades nacionales o extranjeras, contratos de administración fiduciaria y todos aquellos necesarios para la agencia, edición, emisión, colocación, garantía, administración o servicio de los mismos.

Su emisión requiere concepto de la Junta Directiva del Banco de la República sobre las características de la emisión y sus condiciones financieras, además, requiere del Decreto que las autorice y fije sus condiciones financieras específicas.

Su emisión no afecta el cupo de endeudamiento y está limitada para las destinadas, a financiar las apropiaciones presupuestales por el monto de éstas.

No cuentan con la garantía del Banco de la República.